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Emprender en Reino Unido creando una LTD (Privated Limited Company).

ReinoUnido

Emprender nunca es una tarea sencilla, no importa donde lo hagas. Sin embargo Reino Unido es un buen lugar para dar el paso, sin duda uno de los mejores según el prestigioso informe del Banco Mundial "Doing Business".

Se ha escrito mucho en la red acerca de emprender en UK, incluso hay empresas que se dedican a tramitar la creación de sociedades en Reino Unido para ser gestionadas desde España. En este artículo hemos analizado, seleccionado y resumido la información que puedes encontrar en Internet sobre este asunto.

A la hora de emprender en UK, si lo ponemos en perspectiva con el caso español, nos encontramos con ventajas muy importantes a pesar de los avances que ha hecho la Ley de Emprendedores (comparando entre una sociedad de responsabilidad limitada y su “equivalente” en UK, la LTD -Private Limited Company-).

* En este tipo de sociedades la responsabilidad está limitada al capital aportado.

Mayor rapidez para inscribir una empresa.


  • España ha hecho grandes avances en este sentido incluyendo procesos electrónicos que han reducido de 23 a 13 días el periodo medio para la creación de una empresa (de hecho es el país desarrollado que más ha progresado en 2014 en este sentido). A pesar de esto, el número total de días necesarios que abogados expertos en la constitución de sociedades estiman como necesario para crear una firma en Reino Unido es menos de la mitad: Sólo 6 días (datos de "Doing Business 2015"). En concreto, el caso de las LTD se realiza en apenas 3 horas!
  • Además no tienes que registrar fichero alguno en ninguna Agencia de Protección de Datos como en España. Basta con establecer una adecuada política de tratamiento de datos en tu web (debe cumplir con una serie de requisitos).

 

Menos gastos iniciales.


  • La creación de una sociedad limitada en España exige un capital mínimo de 3.000 euros, en Reino Unido, no hay ninguna exigencia de capital mínimo, es algo libre que pueden aportar o no los asociados.
  • En Reino Unido los trámites para la creación de tu empresa sólo te costarán 71 euros. Cualquier emprendedor español que nos esté leyendo sabe que los gastos de gestión en nuestro país a pesar de los avances todavía son mayores: registro de la marca, notaría, gestoría... El establecimiento de Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) que gestionan la creación de empresas mediante plataformas de constitución telemática de sociedades como CIRCE disminuyen los costes económicos de lo trámites, aún así debes tener claro que menos de 100 euros no te gastarás.
  • "En Reino Unido el objeto social no es limitativo y autoriza al ejercicio de todas las actividades legales".

 

Fiscalidad favorable.


  • "No hay forfait mínimo de impuestos desde el inicio de actividad de su empresa o en caso de pérdidas" (easyemprendedor.com). Es decir, no hay cargos ni impuestos antes de que la empresa haya podido facturar.
  • No tienes que cobrar ni declarar el IVA hasta que los ingresos alcancen las £81.000. Por lo tanto al montar tu empresa no tienes que pedir un número de IVA. Si te interesa hacerlo puedes declarar el IVA al final del ejercicio o sino pagar directamente un 10% de tus ingresos, sin facturas de por medio. El VAT en UK es del 20%.
  • No hay que hacer declaraciones trimestrales de IRPF si la empresa no tiene empleados.
  • En España debes darte de alta como autónomo y pagar la cuota independientemente de tu facturación. Sabemos que existe la tarifa plana de 50 euros durante 6 meses y reducciones posteriores durante 15 meses (meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2014 en 130,91 euros. Meses 13 al 15: 30% de reducción durante el siguiente trimestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2014 en 183,28 euros) hasta finalmente pagar la cuota completa que puede suponer alrededor de 255 euros al mes. En Reino Unido esto es diferente, más equitativo y en función de la facturación:
      • Si tus ingresos no superan las 5.885 libras anuales deberás pagar solamente una cuota fija a la seguridad social de 2.7 libras a la semana que les da derecho a una cobertura sanitaria básica. Se denomina Class 2.
      • Si un autónomo factura entre 7.775 y 41.450 libras deberá pagar la cuota de 2.75 libras a la semana más un 9% de las ganancias del tramo entre 7.956 y 41.865 libras (más un 2% adicional si excedes de esa cantidad). Se denomina Class 4.
      • Si facturas más de 81.000 libras como autónomo o freelance, además de lo anterior, deberás registrarte en el VAT (lo que equivale al IVA en España). Con menos facturación puedes hacerlo, aunque no es necesario como ya hemos mencionado.
  • Las LTD pagan el Impuesto de Sociedades a una tasa del 20% cuando los ingresos netos antes de impuestos no exceden £300,000, o el 23% cuando sus ingresos superan £1,500,000. Existe un bonificación para empresas medianas (ente 300.000 y 1.500.000 libras).

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