Según la revista Forbes el mejor lugar para ser autónomo es Francia. Continuando con la línea de contenidos que estamos desarrollando en CultUp explicando las condiciones y requisitos a los que se enfrentan los emprendedores españoles en el exterior, en esta ocasión hablamos del caso de Francia.
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La existencia de cuotas variables en función de la actividad profesional y del volumen de facturación, la exención de pagos durante el primer año de actividad o la existencia de la figura del autoentrepreneur, son sólo dos pequeños atisbos de las grandes condiciones que presenta Francia para emprender como autónomo:
- Durante el primer año las cosas siempre son más complicadas, inversión inicial, falta de experiencia, dificultades para la captación de los primeros cliente... en este sentido, la exención de pagos durante este primer periodo sirve para no “ahogar” al emprendedor en su arranque y para darle un margen de seguridad y tranquilidad en el desarrollo de su negocio.
- Una vez pasado el primer año de actividad. las tasas aplicables sobre el volumen de negocios son variables en función del tipo de actividad. Puedes elegir pagarlas de forma mensual o trimestral:
- 12% de la cifra de ventas en las actividades comerciales.
- 21,3% de la cifra de ventas en los servicios.
- 18,3% de la cifra de ventas en las profesiones liberales.
- Existe un régimen especial para pequeñas empresas, autónomos y profesionales, orientado a las empresas individuales artesanales, comerciales o liberales. A través de él, los trámites para la creación de una empresa se simplifican e incluso se pueden hacer online.
- Sólo se paga una tasa si has tenido ventas en el periodo declarado.
- Derechos por ser autónomo en Francia:
- Asistencia sanitaria.
- Jubilación.
- Pensión de viudedad.
- Pensión de invalidez.
- Pensión de incapacidad temporal
La figura del auto-entrepreneur:
Se trata de una figura novedosa que no se encuadra estrictamente en la de un autónomo. Permite iniciar una actividad laboral sin perder el derecho a la prestación por desempleo, jubilación, condición de funcionario o ayudas a estudiantes. Tiene los siguientes requisitos:
- No se pueden superar los 32.100€ al año de facturación para actividades de prestación de servicios domésticos, bricolaje y mantenimiento, profesiones liberales (quedan exentas algunas actividades regidas por colegios profesionales)
- 80.000€ al año para actividades comerciales como venta de mercancías, objetos, mobiliario, productos alimentarios para llevar o consumir en el lugar y ciertas actividades de alojamiento turístico.
- El régimen de “auto-entrepreneur” exime de cobrar el IVA en las facturas realizadas, pero sí se debe pagar IVA en los productos que se compran para realizar la actividad empresarial en cuestión.
- No se puede desgravar IVA ni gastos de productos derivados de la actividad.
- La cotización a la Seguridad Social es equivalente a los servicios prestados.
Fuentes;
Gráfico vectorial descargado de Freepick.
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